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Se reglamenta devolución de dinero para compras en línea


El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el pasado 11 de abril el decreto 587 de 2016, en el cual se reglamenta la devolución de dinero a los usuarios que hayan utilizado un medio de pago electrónico en compras a través de canales no presenciales como, por ejemplo, una tienda virtual, un call center o una aplicación móvil.

 

En el decreto, se estipula que el consumidor podrá solicitar la devolución de su dinero bajo las siguientes circunstancias:

1. Cuando el consumidor sea objeto de fraude.

2. Cuando corresponda a una operación no solicitada.

3. Cuando el producto adquirido no sea recibido.

4. Cuando el producto entregado no corresponda a lo solicitado, no cumpla con las características inherentes o las atribuidas por la información que suministrada.

5. Cuando el producto entregado se encuentre defectuoso.

 

El consumidor tendrá cinco (5) días hábiles para solicitar, verbalmente o por escrito, la devolución de su dinero ante el proveedor que, obligatoriamente, debe tener domicilio en Colombia. Además, debe notificar a su entidad financiera esta novedad. Por otro lado, la medida sólo cobija las compras realizadas con tarjeta de crédito o débito automático a través de PSE y empezará a regir en los próximos seis meses.

 

Desde Place to Pay estamos analizando con los actores implicados en el proceso cuál es el impacto real de esta medida y de este modo proponer herramientas efectivas que ayuden a disminuir la carga operativa de nuestros clientes a la hora de enfrentarse a este nuevo proceso.

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